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Foto 1 OrdenanzaEl alcalde revolucionario de Caroní, José Ramón López, anunció este jueves en horas de la tarde que ya está en Gaceta Municipal la promulgación de la Ordenanza sobre  Ejidos, Tierras Urbanas, Terrenos Propios e Inmuebles del municipio de Caroní, que tiene por objeto regular la actuación de personas naturales o jurídicas, en lo relativo a la administración de los ejidos, tierras públicas, tierras urbanas, terrenos propios y los inmuebles construidos sobre las tierras ubicadas en los límites urbanos del municipio.

Prensa Alsobocaroní/WRV

Ciudad Guayana.- José Ramón López, alcalde del municipio Caroní, se pronunció para anunciar la promulgación de la Ordenanza sobre Ejidos, Tierras Urbanas, Terrenos Propios e Inmuebles del municipio Caroní. Afirmó que este procedimiento se llevó a cabo de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 181, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y el Decreto derogado por el comandante supremo de la revolución, Hugo Chávez, de fecha 7 de noviembre de 2001, sobre el estatuto de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), donde se le quita la facultad de administrar lo ejidos municipales, para que sea la legislación municipal, quien se encargue de este manejo, según expresa el artículo 20 del referido Decreto.

“El artículo 181 de la Constitución Nacional, expresa que los terrenos situados dentro del área urbana de las poblaciones del municipio, carentes de dueño o dueñas son ejidos, sin menoscabo de los legítimos derechos de terceros válidamente constituidos. Igualmente, se constituyen en ejidos las tierras baldías ubicadas en el área urbana, quedan exceptuadas las tierras correspondientes a las comunidades y pueblos indígenas”, citó, López.

El alcalde de Caroní dijo que según la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en su artículo 95, reza que son deberes y atribuciones del Concejo Municipal, aprobar el plan municipal de desarrollo y los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística.

Hizo mención al numeral 10 de este artículo, que establece que las concesiones de servicio público o uso de bienes del dominio público, y lo concerniente a la enajenación de los ejidos y otros inmuebles, son competencia de la municipalidad.

Ley Orgánica de Ordenación Urbanística

José Ramón López, hizo mención a la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística en su artículo 10, que reza; “es de competencia del municipio en materia urbanística, elaborar los planes de desarrollo urbano local, a tal efecto, el concejo municipal creará los organismos técnicos competentes y solicitará la cooperación de los demás órganos con competencia urbanística”.

La máxima autoridad municipal explicó que la Ley de Planificación Pública recientemente publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria número 6148 de fecha 18 de noviembre de 2014, establece en su artículo 13, que el Consejo Local de Planificación Pública, es el órgano encargado de diseñar el plan municipal de desarrollo y los demás planes municipales, previendo la ordenanza del Consejo Local de Planificación.

López, afirmó que con esta Ordenanza toda persona que solicite un terreno en el municipio Caroní para construcción de vivienda, deberá pagar por concepto de tramitación 3 unidades tributarias, con la salvedad en el caso de; trabajadores municipales, Comité de Tierras Urbanas (CTU), Asociaciones Civiles, proyectos de Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), entre otros, donde como máxima autoridad municipal podrá exonerar el pago, previa autorización del Concejo Municipal.

Rescate de tierras urbanas

El alcalde de Caroní resaltó la importancia de esta Ordenanza con la que podrá “rescatar” tierras urbanas e inmuebles en desuso, previa solicitud de la Cámara Municipal o denuncia de funcionarios públicos, familias, vecinos, organizaciones y asociaciones.

Es decir, aquellas construcciones con más de 10 años abandonadas, que tengan menos de 50% de estructura, cuyos espacios estén en franco deterioro, podrán ser “rescatadas” por la municipalidad  y declaradas de utilidad pública.

“En este caso al propietario del inmueble la municipalidad le remitirá una denuncia a Sindicatura para el inicio de los procedimientos administrativos correspondientes y siempre se le llamará, para que presente el proyecto del inmueble abandonado”.

Rechazo a invasiones

José Ramón López, reiteró su rechazo a las invasiones y tomas ilegales de terrenos. Dijo que continúa apegado al artículo 471 del Código Penal, que considera delito la apropiación ilegal de terrenos e inmuebles públicos o privados.

“Cero invasiones esa es la meta que manejamos en el municipio Caroní, cualquier persona o grupo de personas que sea observada haciendo uso ilegal de terrenos será puesto o puestas a las órdenes de la Fiscalía del Ministerio Público”.

Precio de ejidos 0,01 bolívares

La máxima autoridad municipal aseguró que el precio de los ejidos para la construcción de viviendas está sujeto al valor establecido por la Ley de Regulación de Tierras, es decir, 0,01 bolívares el metro cuadrado.

Afirmó que en años anteriores el valor oscilaba entre 300 y 700 bolívares. Destacó que con este accionar han designado más de 6.200 terrenos en las UD; 298, 340, 341 y 331, con el beneficio de 6 mil familias, para un total 24 mil personas.

Próximas entregas

José Ramón López, anunció la próxima entrega de 1.200 terrenos a trabajadores de Ferrominera Orinoco (FMO), Carbonorca, Venalum y Alcasa. Dijo que actualmente están trabajando con dos nuevas Unidades de Desarrollo Social; UD 341 y 342, que serán pasadas a Comsocaroní para la aprobación de su zonificación.

“Exhortamos a las instituciones públicas y privadas, que sí y solo sí, tendrán permiso de construcción de viviendas los inmuebles que sean avalados por las oficinas técnicas de tierras urbanas del municipio Caroní, de lo contrario, tendrán la imposición de la mayor multa y orden de demolición.

 

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