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20.Ago.2014 / 01:33 pm / Haga un comentario

superautosBajo el número de expediente  FP02-U-2013-000024, Boleta de Intimación de fecha 08/04/2014, que decreta medida preventiva cautelar de embargo para la empresa Súper Autos Puerto Ordaz CA, emanada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario región Guayana, la doctora Liliana Di Scipio, coordinadora de administración tributaria del municipio Caroní y la abogada, Eglys Rodríguez Simao, síndico procuradora municipal, acompañadas del Alguacil del tribunal tercero del municipio, Fernando Ramos, hicieron presencia este jueves en la empresa concesionaria para efectuar la notificación ante el representante legal.

La doctora, Liliana Di Scipio, coordinadora de administración tributaria municipal, explicó que la Alcaldía de Caroní, llevó a cabo esta notificación de acuerdo a la medida emanada por el Tribunal Contencioso Tributario.

Destacó que esto obedece a las actuaciones de la administración tributaria municipal, para los ejercicios realizados desde 2004 a 2008. Dijo que se llevaron a cabo diversas investigaciones en materia de ingresos brutos de la empresa Súper Autos Puerto Ordaz, en las que se generaron unos reparos y sanciones correspondientes.

“Luego a través de las decisiones e investigaciones del jerárquico, que han confirmado las actuaciones administrativas por parte de este contribuyente y las determinaciones de la municipalidad, hemos llegado al contencioso y hace aproximadamente 3 meses atrás, nos confirmó lo que ya veníamos estudiando y deduciendo desde la coordinación de administración tributaria de la Alcaldía de Caroní”. 

Explicó que es clara la diferencia de impuestos que adeuda esta empresa concesionaria a la municipalidad y que por esta razón, ejercieron una medida cautelar de embargo, que fue acordada por el Tribunal y que ayer se llevó a cabo la presentación de la  Boleta de Intimación, que decreta medida preventiva cautelar de embargo contra la empresa Súper Autos Puerto Ordaz.

Juicio llevado por Sindicatura Municipal

La coordinadora de administración tributaria de la Alcaldía de Caroní, destacó que paralelamente a través del juicio contencioso llevado a cabo por la Sindicatura Municipal ante el Tribunal Contencioso, ayer se acordó la medida cautelar que fue presentada ante la empresa, pero no pudo ser notificada porque el representante legal no se encontraba en las instalaciones.

Explicó que legalmente, corresponde al Tribunal Contencioso darle paso al nuevo procedimiento, de llevar a cabo la notificación vía carteles, es decir, la publicación de la medida en el medio de comunicación de mayor circulación regional, de acuerdo a lo establecido por las leyes.

Ponerse al día

Por su parte, la doctora, Eglys Rodríguez Simao, síndico procuradora municipal, destacó que ante la ausencia del representante legal de Súper Autos Puerto Ordaz para recibir la notificación, corresponde al Tribunal activar carteles en el medio de mayor circulación de la región, para que la empresa se ponga inmediatamente al día con el pago de sus impuestos al municipio. 

Exhortó a las demás empresas concesionarias que tienen actividad económica en Ciudad Guayana, a que se pongan a derecho con el pago de sus impuestos y eviten este tipo de sanciones emanadas por el Tribunal.

Deuda de 31 millones 322 mil 960 bolívares

Rodríguez Simao, explicó que la deuda que tiene la empresa concesionaria con la municipalidad es de 8 millones de bolívares por concepto de impuestos, más 7 millones en multas, cifras que se duplican de acuerdo a la ley con la medida de embargo.

“Estamos hablando de una cantidad superior a 31 millones de bolívares de deuda, que tiene esta empresa con la municipalidad, partiendo del hecho de que toda medida de embargo genera la duplicación de la deuda”.

Explicó que si Súper Autos Puerto Ordaz CA no se pone al día con el pago de su compromiso tributario con Caroní, la municipalidad procederá al embargo del bien, tal como lo establece la medida emanada por el Tribunal Superior Contencioso Tributario.

 

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