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3.Nov.2014 / 08:15 pm / Haga un comentario

inouestoAutoridades de la Coordinación de Administración Tributaria Municipal, exhortaron a anunciantes, publicistas y administradores de inmuebles, para que presten su obligación de declaración y cumplimiento del pago de impuestos contemplados en las Ordenanzas, con el fin de evitar sanciones.

Prensa Alsobocaroní/YH

La Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní, a través de la Coordinación de Administración Tributaria, hizo un llamado a los contribuyentes que tienen bajo su administración inmuebles o lo hacen a través de terceros; así como publicistas y anunciantes; que tienen la obligatoriedad de acatar las Ordenanzas de Impuestos sobre Bienes Urbanos y la Ordenanza de Propaganda y Publicidad Comercial, respectivamente, para que presenten su  declaración del 1 al 15 de noviembre, esto con el objetivo de evitar sanciones y multas, conforme al Código Orgánico Tributario, informó, Ostairel Alcalá, directora de Registro y Tributación de Alsobocaroní.

Indicó que deben acudir al Centro de Atención al Contribuyente (CIATM) en Puerto Ordaz o San Félix en horario corrido especial de 8 de la mañana a 5 y 30 de la tarde en Puerto Ordaz y en San Félix de 8 de la mañana a 12 del mediodía y de una a cinco de la tarde.

Explicó que en el caso de la declaración de Propaganda y Publicidad Comercial, la Ordenanza establece que todo contribuyente que sea publicista y anunciante en el Municipio Caroní, está obligado a prestar una declaración en noviembre de cada año, de toda la publicidad vigente y la que va a necesitar en el próximo año fiscal 2015.

Destacó que el no cumplimiento de esta Ordenanza, implica sanciones con multas que van de 5 UT (unidades tributarias), 10 UT y 50 UT, contempladas en el artículo 10 numeral 6, de la Ordenanza de Propaganda y Publicidad Comercial y el artículo 103 del Código Orgánico Tributario.

Toda publicidad debe declararse

Miguel Rodríguez, jefe del Programa de Propaganda y Publicidad Comercial de Registro y Tributación de la Coordinación de Administración Tributaria, explicó que todo negocio tiene una publicidad y esa publicidad debe ser declarada por el dueño del establecimiento.

La directora de Registro y Tributación, Ostairel Alcalá, se dirigió también  a los administradores de inmuebles o terceros a los que se les ha encomendado un arrendamiento,  que están obligados a presentar desde el primero al 15 de noviembre, la declaración de todos aquellos inmuebles que están bajo su administración.

Afirmó que desde siempre son solidarios con los contribuyentes en lo que respecta al pago de impuesto de inmueble, para evitar las sanciones que acarrea conforme al artículo 103.

Morosos deben ponerse al día La Coordinación de Administración Tributaria está actualmente revisando una lista de contribuyentes morosos para proceder de acuerdo a un cronograma y realizar fiscalizaciones.

 

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