Gestión

3.Ago.2011 / 09:07 am / Haga un comentario

Mediante jornadas mensuales. Durante la primera semana y la última de cada mes, a partir de agosto hasta diciembre, la dirección de tributos de Alsobocaroní inspeccionará diferentes sectores comerciales de la ciudad para verificar el cumplimiento o no de sus responsabilidades con el arca municipal

Daisy González, directora de fiscalización y auditoria de la Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní, indicó que este viernes 5 de agosto se realizará el primer operativo integral de verificación de deberes formales, siendo escogida la avenida Antonio de Berrio en San Félix, específicamente en los tramos, semáforo avenida Manuel Piar hasta Sutiss, desde Sutiss hasta el semáforo del Roble y desde este último punto hasta la instalación de Mercal.

La directora municipal destacó que la intención no es sancionar directamente la contribuyente que incumple, sino hacerle el llamado para que se pongan al día con los impuestos municipales a los que están obligados, resaltando la participación en la actividad de dos automóviles de comando en escena, preparados para los contribuyentes que deseen ponerse al día.

El basamento legal que define la autonomía, organización, atribuciones, y funciones de la administración tributaria municipal del Municipio Caroní se encuentra asentado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica del Poder Público Municipal y el Código Orgánico Tributario.

Estos documentos constitucionales sirven de base para la creación de las leyes municipales, conocidas como ordenanzas en cuanto a impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicio o de índole similar; sobre ejercicio de la economía informal en vías y demás áreas públicas; de impuesto sobre propaganda y publicidad; aseo urbano domiciliario y manejo integral de los residuos y desechos sólidos, impuesto sobre bienes inmuebles urbanos; vehículos; autorización y expendio de alcohol y especies alcohólicas.

En caso de negativa por parte de los representantes legales o encargados de los establecimientos comerciales de suministrar información solicitada por los funcionarios debidamente identificados de la dirección de Administración Tributaria de Alsobocaroní, sería motivo suficiente para la imposición de las sanciones establecidas en las ordenanzas municipales.

En el caso de los impuestos relacionados con las actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, los propietarios deben poseer licencia y solvencias municipales de actividades económicas, declarar impuestos, declarar las alteraciones ocurridas en los datos registrados de la empresa, entre otros requerimientos legales.

Por otro lado los que practican la economía informal sin permiso del municipio están propensos a sanciones, así como aquellos contribuyentes que siendo persona jurídica ejerza el comercio informal, los que ejerciendo la venta en las calles utilicen los servicios públicos, aguas blancas, drenajes, electricidad, teléfono y gas, sin sus respectivos permisos, los que expendan bebidas alcohólicas.

Para no ocurrir en faltas relacionadas con el aseo urbano es necesario que los establecimientos comerciales se encuentren registrados como usuarios del servicio, mediante el pago a Corpoelec o a la alcaldía, colaborar con la limpieza de las aceras contiguas al área de trabajo y no arrojar residuos en ellas de ningún tipo, incluso proveniente de productos de la limpieza del local.

Mientras que en el renglón publicidad, es importante saber que los anuncios del local deben estar inscritos en Registro Único de Contribuyentes, retirar los medios publicitarios que no llenen las condiciones estéticas y de seguridad requerida, notificar en el mes de noviembre de cada año la publicidad del establecimiento y presentar solvencia municipal de propaganda y publicidad comercial.

En cuanto al inmueble urbano, existe un registro único llevado por la Alcaldía Socialista Bolivariana de Caroní, en el que debe estar anotada la institución mercantil, además de que en él se deben asentar todos los cambios que se le hicieren, no sólo en la estructura del edificio, sino también en el cambio de dueños, cuando esto ocurra. El local debe presentar solvencia municipal de inmuebles.

La ordenanza municipal relacionadas con la expedición de licor recalca que ninguna vivienda familiar está autorizada para la venta de licor, ningún menor de edad puede comercializar o adquirir bebidas alcohólicas, tampoco está permitida su distribución y consumo en los establecimientos destinados únicamente para panaderías, pastelería, heladería, confitería, charcutería, kioscos permanentes y similares; no está permitido el uso en estaciones de servicios ni al frente de licorerías; la venta fuera de horario también genera una multa.

 

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